Artículo


”Las convenciones particulares no pueden dejar sin efecto las leyes en cuya observancia está interesado el orden público.

El acto respecto del cual se invoque el amparo de un texto legal, que persiga un resultado sustancialmente análogo al prohibido por una norma imperativa, se considera otorgado en fraude a la ley. En ese caso, el acto debe someterse a la norma imperativa que se trata de eludir.”

Interpretación


Como establece este artículo, el fraude a la ley es el acto de eludir la prohibición de una norma imperativa bajo la cobertura de otra u otras normas.

Podemos tomar como ejemplo:

Si entre dos personas jurídicas, para evitar tener un contrato laboral y así evitar la ley de contrato de trabajo, se presenta como un monotributista, prestando servicios y de esa forma establecer un contrato entre partes. Esto le permite al empleador evadir el cumplimiento de estas normas de [[Carácter imperativo|]].