Definición


Más allá de la responsabilidad por daños emanada del artículo 40 de la ley 24.240 al que nos hemos referido antes, debe destacarse la existencia de otras herramientas en el plexo normativo que hacen a la tutela de los derechos de los consumidores, entre las que nos ocuparemos de:

  1. la protección frente a cláusulas abusivas
  2. la multa civil
  3. las garantías procesales

Protección frente a cláusulas abusivas


Protección frente a estas prácticas


El legislador ha querido, mediante la introducción del artículo 1096, la protección de los consumidores frente a cualquier tipo de práctica abusiva. Esta tutela solamente puede alcanzarse con la extensión de los efectos no solo a los “consumidores” en el sentido que expone el artículo 1092, sino también a todos aquellos “expuestos” a las prácticas comerciales. Estos sujetos expuestos, debe entenderse, son aquellos que sin ser parte de la relación de consumo, son afectados en alguna forma por una práctica comercial desleal, ya sea “engañosa”, ya sea “agresiva”.

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Daño punitivo


Definición


El referido artículo 52 bis de la ley 26.361, define al instituto como una “multa civil”, es decir, una sanción que deriva de un reproche de conducta al proveedor. Por ello, la doctrina es coincidente en sostener que la procedencia del daño punitivo no se encuentra atada a un mero “incumplimiento” en sí mismo, sino que se necesita una actitud clara de desprecio por los derechos de consumidores y usuarios. Asimismo, y en razón de este carácter “punitivo” de la sanción, la misma solo puede ser impuesta a quien ejecutó la conducta, no siendo posible, como sucede con la indemnización, perseguir el cobro en forma solidaria a toda la cadena de comercialización. En todo caso, si hubo conductas merecedoras de reproche de varios integrantes de la cadena, el juez debe imponer una sanción específica para cada uno de ellos. Esto surge claro de la forma en la que se deben imponer las penas; si varios cometen un delito, no se divide entre los autores la pena, sino que se sanciona a cada uno por separado en función de su accionar.

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Garantías procesales


Por último, nos ocuparemos de las dos garantías procesales que la ley de Defensa del Consumidor otorga a estos:

  1. el derecho al proceso más breve que establezca la legislación local
  2. gratuidad en el proceso.