Definición
El sujeto de derecho es siempre una persona, que puede ser persona humana o persona jurídica.
Sujeto activo
Es quien tiene el derecho subjetivo principal, la prerrogativa de exigir del otro el cumplimiento del deber jurídico.
Ejemplo
En un contrato de préstamo de dinero, lo será el que entrega la suma de dinero a otro teniendo la prerrogativa de exigir su devolución en determinado plazo y con cierto interés
Sujeto pasivo
Es quien tiene el deber jurídico, el deudor de la prestación principal; en el mutuo referido, lo es quien debe devolver el dinero al prestador en el plazo y con el interés pactado
Categorías o especies de personas
Nuestro ordenamiento jurídico reconoce dos categorías o especies de personas
Personas humanas
Definición
La persona humana integra la sociedad y participa de su estructura jurídica. Es un sujeto de derecho como tradicionalmente se la denomina. El Código civil y comercial la considera en el Libro Primero, Parte General, Título I, a partir del Art.19 del CC y CN que establece
Artículo
”La existencia de la persona humana comienza con la concepción.”
Link to originalDonde se sigue con el Art. 21 del CC y CN
Artículo
”Los derechos y obligaciones del concebido o implantado en la mujer quedan irrevocablemente adquiridos si nace con vida.
Si no nace con vida, se considera que la persona nunca existió. El nacimiento con vida se presume.”
Link to originalEl Art. 51 del CC y CN establece
Artículo
”La persona humana es inviolable y en cualquier circunstancia tiene derecho al reconocimiento y respeto de su dignidad.”
Link to originalEsta definición legal tiene sus raíces en una concepción filosófica que entendemos bien representada en la antigüedad por Boecio, filósofo y político romano (480 a 524), que la definiera a partir de una ontología clásica como “sustancia individual de naturaleza racional”, presentado elementos comunes con otros seres (su naturaleza física), al mismo tiempo que una dimensión que le es privada (la racionalidad).
Link to original