Definición


Son aquellos derechos que se ejercen frente a un sujeto pasivo que está individualizado, obligado a realizar una prestación de dar, hacer o no hacer. Se dividen en

Derecho de la familia

Definición


Son aquellos derechos extrapatrimoniales que una persona tiene frente a otra con la que posee un vínculo familiar.

Estos son

  • Los derechos que derivan del matrimonio
  • Los derechos a la sucesión de los bienes de determinados familiares
  • El ejercicio de la responsabilidad parental por los padres
  • etc.
Link to original

Derecho creditorio

Definición


Son los denominados personales en el Código Civil y Comercial para distinguirlos de los derechos personalísimos. Los derechos personales o crediticios son aquellos por los cuales el titular o sujeto activo se encuentra facultado para exigir del sujeto pasivo el cumplimiento de un comportamiento, consistente en una prestación de dar, hacer, o de no hacer de tipo patrimonial, a fin de satisfacer un interés lícito acordado.

Generalmente están regulados por los intervinientes en relaciones contractuales en virtud del principio de iniciativa de los particulares propio de los contratos (art. 958 CC y CN).

Link to original