Definición


La persona humana integra la sociedad y participa de su estructura jurídica. Es un sujeto de derecho como tradicionalmente se la denomina. El Código civil y comercial la considera en el Libro Primero, Parte General, Título I, a partir del Art.19 del CC y CN que establece

Artículo


”La existencia de la persona humana comienza con la concepción.”

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Donde se sigue con el Art. 21 del CC y CN

Artículo


”Los derechos y obligaciones del concebido o implantado en la mujer quedan irrevocablemente adquiridos si nace con vida.

Si no nace con vida, se considera que la persona nunca existió. El nacimiento con vida se presume.”

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El Art. 51 del CC y CN establece

Artículo


”La persona humana es inviolable y en cualquier circunstancia tiene derecho al reconocimiento y respeto de su dignidad.”

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Esta definición legal tiene sus raíces en una concepción filosófica que entendemos bien representada en la antigüedad por Boecio, filósofo y político romano (480 a 524), que la definiera a partir de una ontología clásica como “sustancia individual de naturaleza racional”, presentado elementos comunes con otros seres (su naturaleza física), al mismo tiempo que una dimensión que le es privada (la racionalidad).